La Secretaría de Transito y Transporte Municipal, en cumplimiento de sus funciones, libró Mandamientos de Pago en contra de las personas que se relacionan a continuación, por concepto de las multas impuestas por violación al Código Nacional de Tránsito, más los intereses y las actualizaciones que se causen desde la fecha que se hicieron exigibles y hasta la fecha en la cual se verifique el pago de la obligación, más las costas ocasionadas en el proceso.
Teniendo en cuenta que dichos Mandamientos de Pago no han podido ser notificados con el procedimiento establecido en el Estatuto Tributario Nacional, ya que luego de buscar en la base de datos de esta Secretaría, no se encontró dirección válida para enviar la citación para que se notificara personalmente, o se envió a la dirección que tenía registrada y esta fue devuelta por la empresa de correspondencia, se realiza la presente publicación de conformidad con lo estipulado en los artículos 563 y s.s. del E.T.N. a las siguientes personas: (Ver listado. Se encuentra organizado en orden ascendente por número de documento de identidad).
Cada una de las personas notificadas mediante éste aviso cuentan con quince (15) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la presente publicación, para pagar lo adeudado o proponer por escrito excepciones al Mandamiento de Pago librado en su contra, de conformidad con lo previsto en el artículo 830 en concordancia con el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional.
Recuerde que a través del pago voluntario de la obligación, evitará el inicio del proceso de cobro forzoso, los intereses que se puedan generar, así como la práctica de medidas cautelares sobre su patrimonio.
Finalmente de no contar con los medios económicos para cancelar la totalidad de la sanción, podrá acercarse a realizar un ACUERDO DE PAGO en la sede de esta Secretaria, dónde además los interesados podrán obtener la copia del respectivo Mandamiento de Pago o podrán radicar las excepciones contra el mismo.
La suscrita,